Actualizado al 30 de mayo de 2026. La conversación sobre RESICO cambió este año por una razón concreta: el SAT publicó que las personas físicas en RESICO pueden quedar relevadas de presentar la declaración anual del ejercicio 2025 conforme a la regla 3.13.7 de la RMF 2026. Eso no elimina los pagos mensuales ni borra obligaciones de otros ingresos.

La precisión importa porque en redes se mezclan tres temas distintos: pagos mensuales de RESICO, declaración anual de personas físicas y declaración anual de personas morales. Si no se separan, se toman decisiones equivocadas.

Respuesta rápida

En RESICO 2026, las personas físicas deben separar tres decisiones: pagos mensuales de ISR e IVA, posible relevo de la declaración anual del ejercicio 2025 y revisión de límites o causales de salida. Si tus ingresos fueron solo RESICO y tus pagos mensuales están correctos, la anual puede tener un tratamiento distinto. Si mezclaste salarios, intereses, arrendamiento, dividendos, plataformas o salida de régimen, necesitas revisar obligación anual por separado.

PuntoQué verificar
Pagos mensualesCFDI cobrados, retenciones, IVA y acuses
Declaración anualSi aplica relevo o conviene presentar voluntariamente
Límite de ingresosQue no se rebase el umbral del régimen
Otros ingresosSi activan obligación anual fuera de RESICO

Lectura por tipo de contribuyente

Tipo de casoLectura práctica
Profesional independiente solo RESICOEnfócate en pagos mensuales, CFDI cobrados y acuses
RESICO con clientes persona moralRevisa retenciones y que aparezcan correctamente
RESICO con sueldos o interesesSepara obligación anual de esos ingresos
Persona moral en RESICONo uses reglas de persona física; revisa el régimen empresarial

Lo confirmado por el SAT

RESICO 2026 en México: puntos confirmados

El SAT mantiene el trámite de declaraciones mensuales y definitivas de RESICO, con presentación mensual de ISR e IVA. En ese flujo, la información se prellena con CFDI emitidos y recibidos, pero el contribuyente debe revisar cobros, retenciones e IVA antes de enviar.

También sigue vigente el marco de la Ley del ISR para personas físicas en RESICO. El artículo 113-E conserva el límite de 3.5 millones de pesos y el cálculo mensual sobre ingresos cobrados. Ese punto no cambió por una publicación en redes ni por interpretaciones aisladas.

Lo que sí se volvió más visible es el tratamiento de la anual. En la página oficial de quiénes presentan la Declaración Anual 2025, el SAT indica que las personas físicas RESICO pueden quedar relevadas y que, si lo desean, pueden presentar la anual durante abril de 2026.

Lo que no debe confundirse

RESICO 2026 en México: pagos mensuales y declaración anual

La frase "pueden quedar relevadas" no significa que todos los contribuyentes puedan olvidarse del SAT hasta el siguiente año. Significa que, bajo ciertos supuestos, el pago mensual de RESICO funciona como definitivo por esos ingresos.

Hay escenarios que requieren otra revisión:

  • RESICO con salarios, intereses, dividendos u otros ingresos.
  • Salida de RESICO durante el ejercicio.
  • Rebase del límite de ingresos.
  • Personas morales en RESICO.
  • Sector primario con reglas específicas.
  • Declaraciones mensuales omitidas o presentadas con errores.

El artículo 113-I sigue siendo relevante para entender causales de salida. Omitir pagos mensuales o incumplir obligaciones puede afectar la permanencia en el régimen.

Qué debe revisar un contribuyente en 2026

Para una persona física RESICO, el foco práctico está en el cierre mensual:

  • CFDI emitidos y cobrados.
  • Retenciones aplicadas por clientes persona moral.
  • IVA trasladado, retenido y acreditable.
  • Complementos de pago.
  • Acuses de declaraciones mensuales.
  • Constancia de situación fiscal actualizada.

Si todo eso está ordenado, la discusión sobre anual se vuelve más sencilla. Si no lo está, abril o cualquier revisión posterior solo hará visibles las diferencias.

Señales para pedir revisión antes de decidir

Pide revisión si tienes cualquiera de estas situaciones:

  • Pagos mensuales omitidos o presentados con importes distintos a tus cobros.
  • Retenciones de clientes persona moral que no aparecen como esperabas.
  • Ingresos por salarios, intereses, dividendos, plataformas o arrendamiento mezclados.
  • Crecimiento cerca del límite de ingresos.
  • Dudas sobre si saliste de RESICO durante el ejercicio.

Qué sigue para negocios y contadores

No hay que leer RESICO 2026 como una invitación a bajar controles. Es justo al revés: si el pago mensual es definitivo en más casos, cada mes debe quedar mejor soportado. La declaración anual ya no funciona como espacio para corregir una contabilidad descuidada.

Para negocios pequeños, profesionales independientes y arrendadores, la recomendación es revisar el régimen con datos reales. En Fintax, la revisión se enfoca en tres cosas: confirmar si RESICO sigue conviniendo, presentar pagos mensuales correctos y dejar evidencia suficiente para responder ante cualquier aclaración.

Fuentes útiles