Respuesta rápida
Si recibes un mensaje del SAT, entra por tu cuenta al portal y Buzón, verifica el documento, clasifica su efecto y plazo, y responde solo con evidencia relacionada. No abras enlaces ni pagues desde el correo o mensaje recibido.
Ante un mensaje del SAT, verifica su autenticidad, distingue carta invitación de requerimiento y responde con expediente y plazo controlado.
Video original de Fintax: cómo dejar de temer al SAT mediante verificación, orden y acompañamiento.
Antes de actuar
Nunca compartas contraseña, e.firma, clave privada o códigos de acceso por correo o mensajería. El SAT no necesita que entregues esas credenciales para revisar un documento.
Qué significa en la práctica
No toda comunicación del SAT tiene el mismo efecto. Un recordatorio, una carta invitación y un requerimiento formal exigen respuestas distintas. La primera tarea es autenticar el documento y clasificarlo, no pagar ni enviar información desde el enlace recibido.
PRODECON señala derechos específicos en el cumplimiento persuasivo, entre ellos conocer claramente las inconsistencias y recibir orientación. Eso no elimina la necesidad de atender los plazos de un acto formal ni de conservar el expediente de respuesta.
Notificación electrónica: 3 días para abrirla
| Notificación sin apertura | 4 días |
|---|---|
| Plazo para abrir | 3 días |
Mapa de decisión
| Comunicación | Señal | Primera acción |
|---|---|---|
| Recordatorio | Sin resolución adjunta | Verificar obligación |
| Carta invitación | Inconsistencia persuasiva | Analizar y documentar |
| Requerimiento | Acto y plazo | Control inmediato |
| Mensaje dudoso | Enlace o dominio extraño | No abrir; validar en portal |
Checklist de revisión
- Verificar la comunicación dentro del portal o Buzón, sin usar enlaces del mensaje.
- Identificar si es aviso, carta invitación, requerimiento o acto formal.
- Registrar fecha de notificación y plazo exacto.
- Reunir declaración, CFDI, bancos y documentos relacionados.
- Definir respuesta, responsable y comprobante de envío.
Paso a paso
- Autentica la comunicación en canales oficiales.
- Clasifica documento, autoridad, periodo y plazo.
- Construye cronología y expediente del asunto.
- Define si corresponde aclarar, corregir, pagar o responder.
- Envía por la vía oficial y conserva acuse.
Preguntas frecuentes
¿Debo contestar toda carta invitación?
Su naturaleza no es idéntica a la de un requerimiento formal, pero conviene revisar la inconsistencia y decidir una respuesta documentada. No ignores un posible problema de fondo.
¿Cómo sé si el correo es real?
No uses sus enlaces. Ingresa por tu cuenta al portal y al Buzón Tributario, verifica folio, remitente, RFC y documentos disponibles.
¿Puedo enviar todos mis archivos por precaución?
No. Entrega únicamente lo necesario por la vía oficial, con índice y explicación. Evita exponer información ajena al asunto.
Fuentes oficiales y lecturas relacionadas
Consulta las fuentes oficiales: derechos en cartas invitación de PRODECON, Código Fiscal de la Federación, consulta de situación de cumplimiento.
Continúa con estas guías de Fintax: regularización de Opinión de Cumplimiento, consulta de declaraciones y acuses.
Qué hacer ahora
Guarda el diagnóstico, la fuente consultada, la fecha, el responsable y la evidencia de cada decisión. Si existe una diferencia material, una obligación vencida o un acto formal del SAT, revisa el expediente completo antes de presentar una complementaria, pagar o responder.




