Respuesta rápida

Si recibes un mensaje del SAT, entra por tu cuenta al portal y Buzón, verifica el documento, clasifica su efecto y plazo, y responde solo con evidencia relacionada. No abras enlaces ni pagues desde el correo o mensaje recibido.

Ante un mensaje del SAT, verifica su autenticidad, distingue carta invitación de requerimiento y responde con expediente y plazo controlado.

Video original de Fintax: cómo dejar de temer al SAT mediante verificación, orden y acompañamiento.

Antes de actuar

Nunca compartas contraseña, e.firma, clave privada o códigos de acceso por correo o mensajería. El SAT no necesita que entregues esas credenciales para revisar un documento.

Qué significa en la práctica

No toda comunicación del SAT tiene el mismo efecto. Un recordatorio, una carta invitación y un requerimiento formal exigen respuestas distintas. La primera tarea es autenticar el documento y clasificarlo, no pagar ni enviar información desde el enlace recibido.

PRODECON señala derechos específicos en el cumplimiento persuasivo, entre ellos conocer claramente las inconsistencias y recibir orientación. Eso no elimina la necesidad de atender los plazos de un acto formal ni de conservar el expediente de respuesta.

Notificación electrónica: 3 días para abrirla

Notificación electrónica: 3 días para abrirla
Notificación sin apertura4 días
Plazo para abrir3 días
Fuente: Código Fiscal de la Federación, artículo 134, https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CFF.pdf

Mapa de decisión

ComunicaciónSeñalPrimera acción
RecordatorioSin resolución adjuntaVerificar obligación
Carta invitaciónInconsistencia persuasivaAnalizar y documentar
RequerimientoActo y plazoControl inmediato
Mensaje dudosoEnlace o dominio extrañoNo abrir; validar en portal

Checklist de revisión

  • Verificar la comunicación dentro del portal o Buzón, sin usar enlaces del mensaje.
  • Identificar si es aviso, carta invitación, requerimiento o acto formal.
  • Registrar fecha de notificación y plazo exacto.
  • Reunir declaración, CFDI, bancos y documentos relacionados.
  • Definir respuesta, responsable y comprobante de envío.

Paso a paso

  1. Autentica la comunicación en canales oficiales.
  2. Clasifica documento, autoridad, periodo y plazo.
  3. Construye cronología y expediente del asunto.
  4. Define si corresponde aclarar, corregir, pagar o responder.
  5. Envía por la vía oficial y conserva acuse.

Preguntas frecuentes

¿Debo contestar toda carta invitación?

Su naturaleza no es idéntica a la de un requerimiento formal, pero conviene revisar la inconsistencia y decidir una respuesta documentada. No ignores un posible problema de fondo.

¿Cómo sé si el correo es real?

No uses sus enlaces. Ingresa por tu cuenta al portal y al Buzón Tributario, verifica folio, remitente, RFC y documentos disponibles.

¿Puedo enviar todos mis archivos por precaución?

No. Entrega únicamente lo necesario por la vía oficial, con índice y explicación. Evita exponer información ajena al asunto.

Fuentes oficiales y lecturas relacionadas

Consulta las fuentes oficiales: derechos en cartas invitación de PRODECON, Código Fiscal de la Federación, consulta de situación de cumplimiento.

Continúa con estas guías de Fintax: regularización de Opinión de Cumplimiento, consulta de declaraciones y acuses.

Qué hacer ahora

Guarda el diagnóstico, la fuente consultada, la fecha, el responsable y la evidencia de cada decisión. Si existe una diferencia material, una obligación vencida o un acto formal del SAT, revisa el expediente completo antes de presentar una complementaria, pagar o responder.