Para abril de 2026, la pregunta correcta ya no es "¿todas las personas físicas en RESICO presentan anual?". La respuesta actual es más fina: el SAT publicó que las personas físicas en RESICO pueden quedar relevadas de presentar la declaración anual del ejercicio 2025 conforme a la regla 3.13.7 de la RMF 2026, pero eso no significa que cualquier caso quede libre de revisión.
La página oficial de quiénes deben presentar la Declaración Anual 2025 indica que las personas físicas RESICO pueden quedar relevadas y, si lo desean, pueden presentarla durante abril de 2026. La clave está en revisar si tus ingresos son exclusivamente de RESICO, si cumpliste pagos mensuales, si tienes otros ingresos y si hubo salida o cambio de régimen.
Respuesta rápida
Una persona física RESICO puede quedar relevada de la declaración anual del ejercicio 2025 si su caso encaja en la regla vigente y sus pagos mensuales definitivos están correctos. Pero si tuviste ingresos distintos, salida de régimen, pagos mensuales omitidos, rebase de límite o cambios de actividad, no lo trates como trámite automático: revisa obligación anual antes de decidir.
| Escenario | Qué hacer |
|---|---|
| Solo RESICO y meses correctos | Confirmar soporte mensual y posible relevo |
| RESICO más sueldos u otros ingresos | Revisar obligación anual por cada ingreso |
| Salida o cambio de régimen | Preparar cálculo y soporte específico |
| Pagos mensuales con errores | Corregir meses antes de decidir sobre anual |
Qué querías resolver al llegar aquí
| Si llegaste por | Lee primero |
|---|---|
| "¿RESICO presenta anual?" | Primero decide si realmente debes presentarla |
| "Declaración anual RESICO vencida" | Qué hacer si decides presentarla y cómo cerrar abril |
| "RESICO con sueldos" | Si tienes ingresos mixtos |
| "Me sale saldo raro" | Documentos mínimos y errores que conviene evitar |
Primero decide si realmente debes presentarla

Antes de entrar al portal, separa escenarios. Presentar cuando no corresponde puede generar confusión; no presentar cuando sí tienes obligación puede salir más caro.
Casos donde puede no ser necesaria
Si tributaste únicamente en RESICO como persona física, presentaste tus pagos mensuales definitivos y no tienes otros ingresos que te obliguen por otro capítulo de la Ley del ISR, puedes estar dentro del supuesto relevado por la RMF 2026. En ese caso, la revisión importante no es llenar una anual, sino confirmar que los doce meses estén bien presentados.
Casos donde sí debes revisar obligación anual
Pon atención si durante 2025 tuviste salarios, intereses, dividendos, arrendamiento fuera de RESICO, enajenación de bienes, plataformas, cambio de régimen o salida de RESICO. En esos casos, los ingresos ajenos a RESICO pueden tener su propia obligación anual.
También revisa si rebasaste el límite de 3.5 millones de pesos o si el SAT actualizó tus obligaciones. Una salida de RESICO cambia el tratamiento y puede obligarte a declarar bajo otro régimen.
Qué hacer si decides presentarla

Si después de revisar tu caso decides presentar la anual, no empieces por el botón de envío. Empieza por los documentos. La declaración solo será tan buena como los datos que lleves al portal.
Documentos mínimos
- Constancia de situación fiscal actualizada.
- Acuses de declaraciones mensuales de 2025.
- CFDI de ingresos emitidos durante el ejercicio.
- Estados de cuenta para validar cobros.
- CFDI de retenciones, si tus clientes las aplicaron.
- Papeles de trabajo de IVA e ISR mensual.
- Evidencia de cambios de régimen, si existieron.
El portal puede mostrar información prellenada, pero no sabe si un cliente te pagó tarde, si una retención fue mal timbrada o si un CFDI fue sustituido después. Esa conciliación sigue siendo tuya.
Errores que más conviene evitar
- Presentar la anual sin confirmar si estabas relevado.
- Omitir ingresos de otro régimen por pensar que "todo es RESICO".
- Confiar en datos prellenados sin revisar CFDI y bancos.
- No detectar retenciones de ISR o IVA mal registradas.
- Presentar en abril sin corregir meses previos.
Si tienes ingresos mixtos, no lo trates como un trámite simple
El caso más delicado es la mezcla de RESICO con salarios, intereses, dividendos, arrendamiento u otros ingresos. La regla que releva por RESICO no necesariamente borra obligaciones por otros capítulos. Por eso, si tienes nómina, inversiones o ingresos distintos, conviene revisar el cálculo por separado.
Un contribuyente que solo tuvo RESICO puede necesitar una conclusión distinta a alguien que tuvo RESICO más sueldos. Y alguien que salió del régimen durante el año necesita otra lectura. Meter todos los casos en la misma respuesta es justo lo que genera errores.
Cómo cerrar abril con menos riesgo
La mejor preparación para una anual, incluso si estás relevado, es tener bien cerrados los pagos mensuales. El trámite oficial de pagos mensuales y definitivos de RESICO recuerda que el ISR mensual se presenta en el portal y que la información se prellena con CFDI. Si ahí hay diferencias, abril solo las hace visibles.
En Fintax, la revisión se enfoca en contestar tres preguntas antes de enviar o decidir no enviar:
- Qué obligación anual tienes realmente.
- Qué meses necesitan aclaración o complementaria.
- Qué soporte debe quedar guardado por si el SAT pide explicación.
Fuentes útiles
- SAT: quiénes presentan la Declaración Anual 2025
- SAT: declaraciones mensuales y definitivas de RESICO
- SAT: artículo 113-I de la Ley del ISR sobre salida de RESICO
Preguntas frecuentes
¿RESICO persona física presenta declaración anual en 2026?
Puede quedar relevada por la regla 3.13.7 de la RMF 2026 si el caso corresponde a ingresos RESICO y pagos mensuales definitivos. Aun así, debes revisar si tienes otros ingresos o cambios de régimen que generen obligación anual.
¿Puedo presentarla aunque esté relevado?
El SAT señala que las personas físicas RESICO pueden presentarla si lo desean durante abril de 2026. Antes de hacerlo, conviene revisar si presentar aporta algo o solo complica el expediente.
¿Qué pasa si tuve RESICO y sueldos?
Debes analizar cada ingreso por separado. La parte RESICO puede tener pagos mensuales definitivos, pero los sueldos u otros ingresos pueden activar obligación anual conforme a sus propias reglas.
¿Qué reviso antes del 30 de abril?
Revisa régimen vigente, ingresos 2025, pagos mensuales, CFDI, retenciones, estados de cuenta y posibles ingresos fuera de RESICO. Si algo no cuadra, resuélvelo antes de enviar.

