Respuesta rápida
RESICO puede convenirte si eres persona física con actividad empresarial, profesional o arrendamiento, cumples los requisitos y tus ingresos elegibles no exceden 3.5 millones de pesos. Su ISR se calcula sobre ingresos efectivamente cobrados, sin IVA y sin deducciones, con tasas de 1% a 2.5%. La tasa baja no decide todo: compara margen, deducciones, IVA, retenciones, otros ingresos y riesgo de incumplimiento antes de cambiarte.
La pregunta correcta no es solo «¿cuánto ISR pagaría en RESICO?», sino «¿mi actividad puede tributar ahí y qué costo total tendría durante el año?». Un régimen puede verse atractivo por su tasa y resultar inadecuado si eres socio de una empresa, tienes una combinación de ingresos incompatible, dependes de deducciones altas o no puedes sostener facturación y declaraciones mensuales consistentes.
Video original de Fintax: por qué un emprendedor debe revisar RESICO antes de pagar de más.
RESICO no significa “sin contabilidad”
La simplificación del ISR no elimina IVA, CFDI, retenciones, controles de cobro, Buzón Tributario ni la obligación de conservar evidencia. Tampoco convierte automáticamente todos los gastos en irrelevantes para decidir si el negocio es rentable.
Quién puede tributar en RESICO como persona física
El artículo 113-E de la Ley del ISR permite optar por RESICO a personas físicas que realicen actividades empresariales, profesionales o arrendamiento, siempre que los ingresos propios elegibles del ejercicio anterior no hayan excedido 3.5 millones de pesos. Quien inicia actividades puede optar si estima mantenerse dentro del límite.
Cómo se calcula el ISR de RESICO
El cálculo mensual toma los ingresos de las actividades RESICO efectivamente cobrados y amparados por CFDI, sin incluir IVA y sin restar deducciones. La tasa aplicable depende del acumulado mensual. Esa mecánica explica por qué la tasa nominal es baja, pero también por qué debes conciliar con precisión fecha de cobro, CFDI, cancelaciones y devoluciones.
Los importes anteriores son una ilustración aritmética de la tabla legal, no una cotización fiscal. El impuesto final puede cambiar por retenciones acreditables, correcciones, otros ingresos y reglas vigentes. El IVA se calcula por separado.
RESICO frente a actividad empresarial o profesional
Cuándo la tasa baja puede engañarte
- Tu negocio tiene margen pequeño y gastos altos: RESICO no resta esos gastos para calcular ISR.
- Estás comparando solo ISR y omites IVA, retenciones, seguridad social o impuestos locales.
- Tienes ingresos adicionales que podrían ser incompatibles o cambiar el límite.
- Eres socio, accionista o parte relacionada y das por hecho que puedes entrar.
- Facturas en un mes, cobras en otro y no concilias el momento fiscal del ingreso.
- La proyección anual puede superar el límite y no preparaste el cambio de régimen.
Prueba de conveniencia en siete pasos
- Clasifica todas tus fuentes de ingreso y confirma cuáles pertenecen a la actividad RESICO.
- Revisa sociedades, participaciones, partes relacionadas y supuestos de exclusión.
- Proyecta ingresos cobrados mes por mes, sin IVA, con escenarios base y de crecimiento.
- Simula ISR bajo RESICO y bajo el régimen alternativo usando datos reales, no una sola tasa.
- Calcula IVA, retenciones y obligaciones que permanecen en ambos escenarios.
- Mide margen después de gastos, aunque RESICO no los deduzca para ISR.
- Documenta la decisión, actualiza el RFC cuando corresponda y calendariza el cumplimiento mensual.
Información mínima para hacer la comparación
- Constancia de Situación Fiscal y obligaciones activas.
- Ingresos cobrados de los últimos 12 meses, separados por actividad.
- Proyección mensual de cobros para los siguientes 12 meses.
- Relación de sociedades, participaciones y partes relacionadas.
- Gastos reales, inversiones, nómina y retenciones.
- Declaraciones mensuales, acuses y opinión de cumplimiento.
- CFDI emitidos, cancelados y pendientes de cobro.
- Ingresos por salarios, intereses, arrendamiento u otras fuentes.
Obligaciones que no desaparecen
El régimen conserva controles formales. Debes mantener el RFC actualizado, contar con e.firma y Buzón Tributario conforme a las reglas aplicables, emitir CFDI por ingresos, conservar comprobantes de gastos e inversiones y presentar pagos mensuales. El SAT ofrece el servicio de declaraciones mensuales y definitivas de RESICO; la RMF 2026 contiene facilidades y reglas que deben revisarse para el ejercicio.
- Emitir CFDI por la totalidad de los ingresos efectivamente cobrados.
- Conciliar CFDI, bancos y cobros antes de presentar.
- Presentar el pago mensual dentro del plazo aplicable.
- Determinar y declarar IVA por separado cuando corresponda.
- Conservar CFDI de gastos e inversiones aunque no reduzcan el ISR de RESICO.
- Atender Buzón Tributario y mantener medios de contacto vigentes.
- Vigilar acumulado anual, actividades y cualquier causa de salida.
Caso práctico: tasa menor, decisión incompleta
Una consultora independiente cobra $80,000 mensuales sin IVA y gasta $50,000 entre personal externo, software y oficina. La tasa RESICO sobre el ingreso puede ser menor que la tarifa general, pero la comparación correcta no termina ahí: debe validar elegibilidad, retenciones de sus clientes, IVA, calidad de los CFDI de cobro y lo que sucedería si se integra como socia a una empresa durante el año.
La tasa responde cuánto ISR resulta sobre una base; la decisión fiscal responde si puedes usar esa base, cumplirla y sostenerla cuando el negocio cambie.
— Fintax
Preguntas frecuentes
¿RESICO siempre cobra menos impuestos?
No se puede afirmar para todos los casos. La tasa de ISR es baja, pero se aplica sobre ingresos cobrados sin deducciones. Debes comparar el impuesto total y el costo de cumplimiento contra el régimen alternativo.
¿Puedo deducir gastos en RESICO?
Los gastos no se restan para calcular el ISR de RESICO persona física. Aun así, sus CFDI y controles pueden ser relevantes para IVA, para otras obligaciones y para medir la rentabilidad real del negocio.
¿Puedo estar en RESICO si soy socio de una empresa?
La ley contiene una exclusión general para socios, accionistas e integrantes de personas morales, además de reglas y excepciones específicas. No decidas con una respuesta genérica: revisa la participación y la disposición vigente.
¿RESICO elimina la declaración anual?
La RMF 2026 contempla una facilidad por la que ciertos pagos mensuales pueden considerarse definitivos y algunas personas pueden quedar relevadas de la anual únicamente por ingresos RESICO. Otros ingresos y supuestos pueden cambiar la obligación; confirma el ejercicio y tu caso.
Fuentes oficiales y lecturas relacionadas
- SAT: artículo 113-E, quiénes pueden tributar en RESICO.
- SAT: declaraciones mensuales de RESICO para personas físicas.
- SAT: Resolución Miscelánea Fiscal 2026.
- Cámara de Diputados: Ley del Impuesto sobre la Renta.
- Fintax: requisitos, obligaciones y riesgos de RESICO.
- Fintax: declaración anual RESICO 2026.
Cómo puede ayudarte Fintax
Fintax puede comparar RESICO contra tu régimen actual con ingresos, deducciones, IVA, retenciones y escenarios de crecimiento; revisar elegibilidad antes de actualizar el RFC; y convertir la decisión en un calendario mensual con CFDI, bancos, declaraciones y evidencia.



