Cuando el SAT revoca, cancela o deja sin vigencia la autorización de una donataria, el problema no se queda en una lista pública. Cambia qué donativos puedes respaldar, qué CFDI debes revisar y qué puedes comunicarle a cada donante.

La lectura útil para 2026 es separar tres conceptos: autorización vigente, revocación o cancelación, y pérdida de vigencia. Mezclarlos hace que la contabilidad, la transparencia y la deducibilidad se vuelvan confusas.

Ruta rápida según quién consulta

  • ONG afectada: confirma fecha de efectos, estatus oficial, obligaciones pendientes y CFDI emitidos después del cambio.
  • Donante: no decidas por el nombre de la asociación; revisa autorización vigente en la fecha del donativo y CFDI correcto.
  • Consejo o patronato: pide una matriz de donativos, restricciones, transparencia, comunicaciones y riesgos por periodo.
  • Contador o auditor: separa deducibilidad del donante, obligaciones propias de la donataria y evidencia del destino de recursos.

Dónde verificar el estatus real

El primer paso es consultar el Directorio de Donatarias Autorizadas y, si el caso todavía no aparece publicado en Anexo 14, revisar el listado de donatarias pendientes de publicar en el DOF. El SAT distingue autorizadas, revocadas, canceladas y pérdida de vigencia; mezclar esas categorías genera errores contables.

Estatus que encuentrasQué no debes asumirRevisión inmediata
AutorizadaQue cualquier recibo o donativo será deducible por el solo nombre de la ONG.Vigencia en la fecha del donativo, CFDI correcto y destino documentado.
Revocada o canceladaQue todas las operaciones anteriores y posteriores reciben el mismo tratamiento.Oficio, fecha de efectos, CFDI afectados, obligaciones y comunicación a donantes.
Pérdida de vigenciaQue equivale automáticamente a una revocación por la misma causa.Motivo publicado, periodo afectado y ruta de regularización aplicable.
Pendiente de publicación en DOFQue la ausencia temporal en un anexo confirma autorización vigente.Listado oficial pendiente, directorio, oficio recibido y fecha relevante.

Qué cambia para la contabilidad de la ONG

El SAT mantiene obligaciones específicas para donatarias, como declaración anual, informes de transparencia y avisos según el caso. La página de declaraciones de donatarias y el calendario de obligaciones 2026 son referencias básicas para no perder fechas.

  • Separar donativos recibidos con autorización vigente de ingresos posteriores.
  • Revisar CFDI emitidos, conciliaciones bancarias y fondos restringidos.
  • Documentar el destino de donativos y gastos administrativos.
  • Preparar una nota para consejo, auditor y donantes institucionales.

Qué deben revisar los donantes

Para el donante, la pregunta clave es si la organización tenía autorización vigente al momento del donativo y si el CFDI cumple requisitos. El SAT explica los criterios generales en su apartado de deducciones personales por donaciones. Si la autorización ya no está vigente, no conviene prometer deducibilidad sin revisión.

Checklist para actuar sin improvisar

  • Descargar oficio, directorio oficial y listados aplicables.
  • Identificar fecha de efectos y operaciones afectadas.
  • Revisar CFDI, bancos, declaración anual y transparencia.
  • Actualizar mensajes de captación para no afirmar deducibilidad sin soporte.

Si tu organización necesita ordenar CFDI, conciliaciones o comunicación con donantes, Fintax puede ayudarte a revisar el expediente. Escríbenos desde Contacto.